• Horario de oficina es de 8:00 a 12:00 y de 14:00 a 18 Hrs  los 365 días del año.
  • Inhumación.- Es el procedimiento por el cual una persona es sepultada.
  • Exhumación.- Es el procedimiento para sacar los restos áridos de la propiedad.
  • Osario.- Espacio definido para urna con cenizas, restos áridos y ataúdes con medida no más de 70 cm.
  • Gaveta.- Divisiones de concreto en el terreno donde es colocado el ataúd.
  • Requisitos para la inhumación de cuerpos, cenizas o restos áridos:– Título de propiedad original.
    – Pago correspondiente.
    – Boleta de inhumación.
    – Certificado de defunción (copia).
    – Impuesto municipal.
    * Restos áridos: se requiere carta de traslado de panteón de origen.
    * Cenizas: se requiere certificado de cremación.
  • Requisitos para exhumación:
    – Título de propiedad original.
    – Pago correspondiente.
    – Tener un mínimo de 6 años de haberse sepultado la última persona.
    – Presentar acta de nacimiento y credencial de elector la persona que solicita el servicio (familiar directo del inhumado).
    – Si los restos van a ser trasladados a otro panteón presentar copia fotostática de título de propiedad el panteón donde se van a re inhumar los restos.