- Horario de oficina es de 8:00 a 12:00 y de 14:00 a 18 Hrs los 365 días del año.
- Inhumación.- Es el procedimiento por el cual una persona es sepultada.
- Exhumación.- Es el procedimiento para sacar los restos áridos de la propiedad.
- Osario.- Espacio definido para urna con cenizas, restos áridos y ataúdes con medida no más de 70 cm.
- Gaveta.- Divisiones de concreto en el terreno donde es colocado el ataúd.
- Requisitos para la inhumación de cuerpos, cenizas o restos áridos:– Título de propiedad original.
– Pago correspondiente.
– Boleta de inhumación.
– Certificado de defunción (copia).
– Impuesto municipal.
* Restos áridos: se requiere carta de traslado de panteón de origen.
* Cenizas: se requiere certificado de cremación. - Requisitos para exhumación:
– Título de propiedad original.
– Pago correspondiente.
– Tener un mínimo de 6 años de haberse sepultado la última persona.
– Presentar acta de nacimiento y credencial de elector la persona que solicita el servicio (familiar directo del inhumado).
– Si los restos van a ser trasladados a otro panteón presentar copia fotostática de título de propiedad el panteón donde se van a re inhumar los restos.